viernes, 21 de agosto de 2026

LA (IN)JUSTICIA EN ESPAÑA

 

Fuente: Wikipedia, disponible en https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/e/e4/Fachada_-_Tribunal_Supremo_de_Espana_-_Madrid_06.jpg, consultado: 21/08/2026.


Montesquieu en el Espíritu de las leyes (1758) decía que: al poder solo le puede contener el poder. La mayor de las injusticias en el ejercicio del mismo es la arbitrariedad. El filósofo francés, preocupado por el ejercicio de la justicia y sus límites, era presidente del Tribunal de Justicia de Burdeos, estableció la teoría de la división de poderes como alternativa a una monarquía absoluta, cuya sucesión de Luises fue haciendo más visible la arbitrariedad de sus gobiernos, sobre todo, cuando necesitaban dinero para la guerra. Esta teoría, desde la Revolución Francesa, ha sido uno de los pilares sobre el que se asientan los regímenes democráticos.

En España, durante la Transición, cuando se construyó nuestra democracia actual, se limitó el principio de la división de poderes, en beneficio de una supuesta mayor “estabilidad política”. Pero, como siempre, los designios de la política están llenos de consecuencias no deseadas. En la última legislatura se ha hecho evidente lo que antes sospechábamos, que la derecha política intenta forzar a través de la presión judicial, entre otras cosas, lo que no gana en las urnas. Esta utilización del poder judicial es, en democracia, algo sutil, al menos más que en el pasado. No es que no haya jueces progresistas (Baltasar Garzón, Margarita Robles, María Teresa Fernández de la Vega, Fernando Grando - Marlaska, José Castro o Manuela Carmena, entre otros y otras), ni tampoco que el PP no tenga casos de corrupción desfavorables, solo hay que recordar el Caso Gürtel donde todo el Partido Popular fue condenado como responsable civil a título lucrativo al pago de 245.000 euros, condena que confirmó el Tribunal Supremo el 14 de octubre de 2020. Un caso único en la historia de Europa, un partido político condenado por corrupción. Solo tiene como precedente la experiencia italiana, a través de la tangentópolis, proceso judicial que dinamitó el sistema político italiano, creado en la Posguerra, e hizo desaparecer a su partido principal, la Democracia Cristiana (DC).

Pero, como siempre, la realidad no es blanca ni negra, sino que se juega en los márgenes, en un color gris que, en este caso, siempre cae del mismo lado.

Son innumerables los casos en que se ha utilizado la justicia para eliminar un partido político o inclinar la balanza de las elecciones hacia una opción determinada. Como se dice en los mentideros políticos de Madrid: “el PSOE tiene el gobierno, pero el PP tiene el poder”. Y ese poder no solo se sustenta en el apoyo de la mayor parte de la clase empresarial de nuestro país, sino también en el de la mayoría del sistema judicial o, al menos, de sus estamentos más elevados. No en vano, entre diciembre de 2018 y julio de 2024, durante casi seis años, el PP mantuvo bloqueada la renovación del poder judicial, algo que se denunciaba en instancias europeas como una parálisis institucional impropia de un país de la UE, pero que los populares mantuvieron hasta no conseguir una situación favorable a sus intereses. Recientemente, en una entrevista de la cadena SER, el juez Baltasar Garzón, dijo que: “El Tribunal Supremo es el órgano con más poder político que existe en España”, porque, y él lo ha sufrido, sus sentencias son inapelables, no se pueden recurrir[1].

Pero veamos aquellas sentencias que se han formulado en términos desiguales. En primer lugar, empezaremos por la izquierda, por algunas sentencias desfavorables en la época de Felipe González, ahora partícipe de ese mismo poder que a él intentó crucificar y le calificó como el señor X en la lucha antiterrorista.

Mi primer recuerdo nos acerca a Pilar Miró, una de nuestras mejores directoras de cine. Esta salió de la presidencia del Consejo de RTVE al ser procesada por un delito de malversación, al cargar gastos personales de representación, especialmente vestuario, a las cuentas de RTVE. Los gastos totales no alcanzaban los 2 millones de pesetas (unos 12.000 euros), Miró sostuvo que entendía que la normativa permitía esos gastos y acabó reingresando la cantidad. Cuando su carrera política estaba hundida, lo mismo que su prestigio personal, el fiscal retiró la acusación, y solicitó su absolución, al considerar que ella estaba convencida de no cometer ningún delito, cuando realizó dichos cargos presupuestarios.

Mi segundo recuerdo nos lleva a la política regional. El primer presidente de la Junta de Castilla y León, Demetrio Madrid (1983 – 1986) dimitió como presidente, para no perjudicar la institución, tras ser denunciado por varias trabajadoras de la empresa Pekus. Estas adujeron que el presidente socialista no cumplió sus obligaciones de dirección, cuando la empresa se puso en venta. El fiscal llegó a solicitar tres meses de arresto y 300.000 pesetas de multa (1.800 euros actuales). El juzgado en primera instancia y el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León lo absolvieron por completo, pero este ya había dimitido como presidente. El resultado fue que en el año 1987 la Junta de Castilla y León cayó en manos del PP, y así hasta nuestros días. Además, curiosamente, se inició la carrera política de José María Aznar.

Del caso GAL mejor no hablar en este artículo, porque indudablemente tiene demasiadas aristas. Pero es indudable que el PP ha utilizado la política antiterrorista contra ETA, de un modo partidista, a lo largo de toda la democracia. El PP podía negociar con un “movimiento de liberación nacional”, palabras de José María Aznar, y el PSOE, el partido que en el año 2011 acabó con el terrorismo en Euskadi y España, era, al mismo tiempo, amigo y asesino de terroristas.

Otro caso singular, de renuncia por responsabilidad política, como Demetrio Madrid, fue el caso de Josep Borrell, que ganó en las primarias como candidato del PSOE  a la presidencia del gobierno en 1998, al secretario general Joaquín Almunia. Este dimitió en mayo de 1999 cuando dos antiguos colaboradores suyos, cuando fue secretario de Hacienda (1984 – 1991), en el gobierno de Felipe González, José María Huguet y Ernesto de Aguiar, fueron investigados por fraude fiscal. Él nunca fue acusado, pero el caso ayudó a la pérdida de apoyos políticos a su candidatura y el PP, en la segunda legislatura de José María Aznar, obtuvo su mejor resultado electoral en democracia[2].

Pero los casos de corrupción contra la izquierda no se reducen al PSOE, ni mucho menos. Tras la aparición de Podemos en 2014, este se convirtió en el objetivo principal de la derecha judicial. Con estas palabras no nos referimos solo al sistema judicial, sino también a la aparición de organizaciones como Manos Limpias o Abogados Cristianos, que utilizan sus recursos económicos para paralizar la acción política de la izquierda mediante acusaciones judiciales, tengan estas fundamento o no. Según el periódico ABC, en el año 2021 diferentes líderes de Podemos, sobre todo Pablo Iglesias, recibieron 29 querellas, todas ellas archivadas por el Tribunal Supremo. Algunas hablaban de supuesta financiación irregular por parte de Venezuela, el famoso caso Neurona y Diana. Ninguna de ellas prosperó, pero durante cierto tiempo, ante la opinión pública, se vinculó a Podemos con la financiación irregular, además de asimilarlo a un partido político cercano a posiciones chavistas[3]. Una fuerza política que en las elecciones generales del 20 de diciembre de 2015 obtuvo el 20,7% de los votos y 69 diputados en el Congreso, a tal solo 1,3 puntos del PSOE. Desde entonces ha sido sometido a una presión mediática y judicial sin parangón en la democracia española, hasta caer prácticamente en la irrelevancia política.

El mejor ejemplo de lo anterior fue la Ley del Sí es Sí. Esta ley sirvió para atacar a Podemos en el corazón de sus políticas públicas y valores. Un partido político, la formación morada, que siempre había enarbolado las políticas de género e igualdad como uno de sus activos principales. En el momento, además, en que Irene Montero e Ione Belarra, dos mujeres, encabezan la formación. Esta ley les haría pasar a la historia, y así será, pero también fue la ley que clavó el último clavo en el ataúd de Podemos.

La Ley del “solo sí es sí” (Ley Orgánica 10/2022, de garantía integral de la libertad sexual) tiene la intención de reforzar la protección de la libertad sexual y situar el consentimiento en el centro de la regulación de los delitos sexuales. Además de entender la protección de la víctima más allá del estamento jurídico, incluyendo medidas de prevención, asistencia psicológica, formación de profesionales y centros especializados de atención. Esta ley, además, estaba en línea con las recomendaciones y compromisos internacionales, especialmente el Convenio de Estambul del Consejo de Europa sobre violencia contra las mujeres. Entonces, ¿cuál fue el problema jurídico que se generó en los medios de comunicación, alentado por la derecha mediática y judicial, que hicieron verla pasajeramente, como una Ley que excarcela a “violadores”? El problema fue que se eliminó la distinción entre abuso sexual y agresión sexual y se tuvo que crear un nuevo sistema de penas. Algunos de los nuevos tipos penales quedaron por debajo de los anteriores, y esto activó la aplicación retroactiva de la ley más favorable al reo, según el artículo 2.2 del Código Penal. No todos los tribunales de justicia actuaron igual, hasta que el Tribunal Supremo fijó doctrina y avaló la retroactividad en julio de 2023. En total se redujo la pena en 1.233 casos; la mayoría hizo posible la liberación unas semanas o meses antes.

Un debate sosegado y templado al respecto hubiera situado a Podemos en otra tesitura. La política está llena de consecuencias no deseadas y estas se convierten en objeto de indignación social, cuando tocan elementos sensibles, como el de la violencia de género. Pero está claro que hoy en día, gracias a esta legislación, que sigue vigente, la mujer está mejor protegida en España, de casos como el de la “Manada”, grupos de jóvenes que, amparados en la noche, el alcohol y las drogas, violaban grupalmente a mujeres jóvenes que no habían dado su consentimiento. Como el anterior sistema legal en España exigía que esta dijera explícitamente no a la relación sexual, todas las mujeres que no estaban en condiciones de decir que no, estaban desamparadas jurídicamente. Leyes similares ya habían sido aprobadas en otros países europeos como Suecia (2018) o Dinamarca (2020) y, desde entonces, se han extendido a Finlandia, Suiza y los Países Bajos. Por lo tanto, estamos ante una ley que aumentó la protección de la mujer, en la que España fue pionera a nivel internacional, junto con los países nórdicos, y que se mantendrá, sin lugar a dudas, gobierne quien gobierne, en nuestro ordenamiento jurídico, porque es una buena ley, al margen de los problemas que pudo ocasionar su implementación. Sin embargo, esta fue utilizada por la derecha y la extrema derecha para desgastar y eliminar, definitivamente del tablero político, a Podemos.

Lo curioso es que no salieran en defensa del mismo, más bien al contrario, Sumar y el PSOE. Estos no tuvieron en cuenta que una vez que la derecha política, jurídica y mediática ha eliminado al que consideran el mayor de sus enemigos, reorganizará su estrategia para tumbar al siguiente. Es la táctica de los partidos fascistas que ya denunció Bertolt Brecht, parafraseándole se podría decir: “Primero se llevaron a Podemos, pero como yo no era de Podemos, no me importó. Después se llevaron a Sumar y el PSOE, pero como yo no era de Sumar ni del PSOE, tampoco me importó. Ahora vienen a por el PP, pero ya es demasiado tarde.” En fin, el fascismo tiene como objetivo central arruinar la credibilidad de las instituciones democráticas, como la justicia, y reducir la pluralidad de la sociedad hasta dejar solo su discurso totalitario.

Y ahora estamos en la segunda parte del poema, cuando el objetivo principal es el PSOE. De ahí la coincidencia de ciertas sentencias judiciales con el ciclo electoral más favorable al Partido Popular. Qué coincidencia que el caso Zapatero que, como tantos otros quedará en nada, cuando ya no interese, coincida con el adelanto electoral que llevó a cabo el PP en sus autonomías (Extremadura, Aragón, Castilla y León y Andalucía), cuyo objetivo principal era desgastar al gobierno central para que este adelantase las elecciones generales. Además, debe ser la primera vez en la historia, que un político es investigado por pagos que él había declarado en Hacienda. En fin, casos como Plus Ultra, al margen de que todavía no haya una sentencia firme, tienen como único objetivo que Zapatero no vuelva a involucrarse en la campaña electoral, ya que en la anterior fue clave para que Feijoo no alcanzase la Moncloa. Si el objetivo fuera regular y mejorar la transparencia de las acciones lucrativas de los expresidentes del gobierno español, ¿dónde estarían entonces José María Aznar o Felipe González?

Y el cerco judicial sigue estrechándose sobre aquello que puede hacer más daño, el entorno familiar. La sentencia desproporcionada sobre el hermano del presidente, condenado el 14 de julio de 2026 a 9 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público. Esta no puede ser más kafkiana, lo acusa de cooperación necesaria para crear una plaza a su “medida”, al tiempo que lo absuelve del delito de tráfico de influencias. Es decir, la plaza se creó sin que él presionase para crearla y, aun así, es condenado a nueve años de inhabilitación. Resulta muy difícil sostener que hubo una plaza “hecha a medida”, sin identificar el tráfico de influencias, por quién se creó y para qué. La propia sentencia, en sus 377 páginas, señala que no queda acreditado que la contratación se realizara por petición expresa de David Sánchez o su entorno.

Pero más surrealistas son, sin duda, las actuaciones del juez Peinado. Un caso judicial que fue abierto a raíz de una denuncia de Manos Limpias que incluía referencias a noticias de prensa, cuando el Tribunal Supremo suele exigir algo más que recortes de prensa para iniciar diligencias judiciales. A este inicio tan irregular tenemos que sumar numerosas correcciones y anulaciones por parte de la Audiencia Provincial. La insuficiente motivación de algunos autos o el esperpento jurídico de la retirada de pasaportes de Begoña Gómez, a quien la Audiencia Provincial consideró su devolución, porque, obviamente, era imposible que hubiera riesgo de fuga. Este disparate judicial durará hasta el 27 de septiembre de 2026 cuando Peinado cumpla 72 años y esté obligado a jubilarse, acabando con este acoso judicial que más bien parece una venganza personal. También tengo que decir que no me gustó ni la forma ni el talante de Sánchez, cuando amagó con dimitir en 48 horas, generando una presión emocional y mediática que nunca debería haberse mezclado con cuestiones jurídicas o políticas.

Si el caso anterior roza el surrealismo jurídico, el que me ha resultado más demoledor contra el prestigio de nuestro sistema judicial es el del fiscal general del Estado. ¿Cómo es posible que Álvaro García Ortiz sea condenado a 2 años de inhabilitación, 7.200 euros de multa, 10.000 euros de indemnización a Alberto González Amador y al pago de las costas procesales? Esto se produjo por revelar el contenido de un correo electrónico entre Amador y su abogado, información que previamente ya conocían los periodistas, como estos declararon en el juicio ¿Cómo es posible que la OCU intentase hacer público los mensajes del fiscal general, mensajes que podían ser clave en procesos de investigación de corrupción que estaban en marcha? ¿Cómo es posible que la pareja de Ayuso, que estaba siendo investigada por defraudar a Hacienda 351.000 euros, que este intentase llegar a un acuerdo donde reconocía el fraude fiscal, y que de momento la actuación judicial lo único que ha conseguido es indemnizarlo con 10.000 euros? En este caso, mejor, solo quedarnos en las preguntas.

No quería incluir en este artículo el caso Ábalos y Koldo, pero tampoco me parece normal que, como en el caso anterior, el empresario corruptor sea, además, recompensado por la justicia. En este caso sabemos que sus declaraciones no aportaron nada significativo para condenar al exministro de Obras Públicas, y estamos hablando de 3,7 millones de euros que obtuvo Víctor de Aldama, de comisiones obtenidas gracias a los contratos de las mascarillas, y que va a poder disfrutar a nuestra costa.

Pero hablemos, finalmente, de los casos del Partido Popular, la otra cara de la moneda en esta historia. Ya vimos cómo Aznar empezó a hacer política en Castilla y León, cómo un caso judicial descabalgó al presidente del PSOE para que el PP iniciase en 1986 una hegemonía regional que dura hasta nuestros días. Unos años después y, gracias a unas investigaciones sobre tráfico de drogas se destapa el Caso Naseiro. Un caso de financiación irregular del PP, no sería el último. Es decir, las raíces del caso Gürtel. El caso fue archivado por el Tribunal Supremo en 1992 al considerar que las escuchas telefónicas no tenían la cobertura judicial necesaria y, por tanto, no eran válidas como pruebas. En una época, después de tres victorias electorales consecutivas, donde el Tribunal Supremo estaba dominado por los gobiernos de Felipe González, el que nunca se vinculó como señor X en los GAL, al igual que M. Rajoy no estaba probado que fuera Mariano Rajoy.

Al inicio de este artículo mencionamos el caso Gürtel y la gravedad de que un partido político fuera condenado. Al margen de la trama dirigida por Francisco Correa, que obtenía contratos públicos a cambio de favores de todo tipo al PP, el caso tuvo más aristas. En este proceso el juez Baltasar Garzón sufriría una condena de 11 años de inhabilitación, por parte de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, por haber ordenado grabar conversaciones en la cárcel a diferentes miembros de la Trama. En el año 2012 la relatora especial de la ONU para la independencia de jueces y abogados, Gabriela Knaul, criticó la condena y declaró que, más bien, parecía una venganza[4]. En el año 2021 el Comité de Derechos Humanos de la ONU emitió un dictamen considerando que se habían vulnerado determinados derechos y pidió medidas de reparación. El Tribunal Supremo se reafirmó en su postura.

Podía seguir mencionando casos de financiación irregular que afectan al PP a nivel estatal o regional, Púnica (2014), Lezo (2017), Tarjetas Black de Caja Madrid (2017) o la investigación en curso de Cristóbal Montoro, entre otros. Pero solo mencionaré uno más, el caso Kitchen. Este último caso me parece paradigmático. Todavía no ha sido juzgado y las investigaciones se remontan a 2013. Este es un caso de corrupción único, ya que estamos ante una supuesta utilización de los recursos del Estado en beneficio de un partido político, una maniobra semejante a la que emplean las dictaduras, que confunden el gobierno con la administración. Se utilizó, supuestamente, dinero del Estado, fondos reservados y recursos humanos de la Policía Nacional para intentar limitar el daño que pudiera hacerles Luis Bárcenas. En resumen, se utilizaron, supuestamente, recursos públicos para proteger los intereses privados del PP. Además, como no, como en casos anteriores, las conversaciones entre María Dolores de Cospedal, exsecretaria general del PP, y el comisario José Manuel Villarejo han quedado fuera del caso.

No hablaré aquí de los áticos de Ayuso, las relaciones entre el PP de Galicia y el narcotráfico, ni del desvío de fondos de VOX a una fundación controlada por Abascal, que apenas inquietan a sus votantes.

Solo recordaré que una de las formas que tiene el fascismo de hacerse con el poder es el cuestionamiento y debilitamiento de las instituciones del Estado. Esa misma desconfianza que sus acciones generan en la justicia, a ellos no les preocupa, sino que les beneficia, ya que a las instituciones democráticas solo les sucede como alternativa política las dictaduras, que siempre son mucho más arbitrarias.

Por último, poner de relieve que, por desgracia, esta situación, donde parte de la justicia interviene como un elemento más de la disputa política, en beneficio de intereses particulares, vinculados a partidos de derechas, no es nueva en nuestra historia. Solo mencionaré dos libros de Rubén Pérez Trujillano, Jueces contra la República. El poder judicial frente a las reformas republicanas (Madrid: 2024)  y Ruido de togas. Justicia política y polarización social durante la República (Madrid: 2024). En estos libros vemos cómo los elementos más conservadores de la justicia española, la carrera de juez, no lo olvidemos, es una carrera elitista y de tradición conservadora, forzaron la paralización de muchas de las reformas del Bienio Progresista (1931 – 1933) a través de procesos judiciales y una forzada interpretación del derecho. A esto se sumará la excesiva represión que se produjo a partir de la Revolución de Octubre de 1934 contra el socialismo, el anarquismo y el nacionalismo catalán, con cerca de 30.000 detenidos y 2.000 muertos. La tesis central de la obra de Pérez Trujillano es que los jueces antepusieron su ideal de orden al nuevo ordenamiento constitucional y democrático. Las consecuencias de esta tensión creciente entre el poder judicial y los otros dos poderes del Estado (ejecutivo y legislativo) ayudaron a una polarización creciente en la sociedad, a una incomprensión mutua entre la derecha y la izquierda, negándose mutuamente la legitimidad en todos los procesos electorales desde noviembre de 1933, hasta acabar en un enfrentamiento fratricida que dio lugar a la Guerra Civil (1936 – 1939). No repitamos los errores del pasado y dejemos de utilizar el sistema judicial para conseguir aquello que las urnas no nos han concedido por derecho. Si no, ¿cuáles serán las siguientes líneas rojas que la derecha política, judicial y mediática está dispuesta a cruzar, si no gana las siguientes elecciones generales?



[1] Cadena SER, entrevista a Baltasar Garzón. Disponible en: https://www.youtube.com/watch?v=ffF6YowIhc0. Consulta: 09/08/2026.

[2]La Hemeroteca del Buitre, «El escándalo de Huguet y Aguiar provoca la dimisión del líder del PSOE Josep Borrell». Disponible en:https://lahemerotecadelbuitre.com/piezas/el-escandalo-de-huguet-y-aguiar-provoca-la-dimision-del-lider-del-psoe-josep-borrell/Data Consulta: 09/08/2026.

[4]Información, «La ONU califica de venganza la condena al juez Garzón», 11 de febrero de 2012. Disponible en: https://www.informacion.es/nacional/2012/02/11/onu-califica-venganza-condena-juez-6868733.html Consulta: 9/08/2026.